viernes, noviembre 09, 2007

REVALIDAS DE GUARDAVIDAS SON COSAS DEL AYER

De acuerdo al artículo 13 la Ley N° 19 de 5 de junio de 2005 que en su texto indica: "Para considerarse actualizados, los profesionales del Salvamento Acuático deberán acumular un mínimo de cien horas al año de docencia referente a su profesión, las cuales deberán cumplir con la distribución teórico-práctica definida en las normas que para tal efecto desarrolle la Junta Técnica de Salvamento Acuático. Las instituciones certificadoras diseñarán y ejecutarán planes y programas que cumplan con estas disposiciones ", dicho de otro modo las revalidas de Guardavidas quedaron en el ayer.

Y es que estas revalidas son "en teoría" adiestramientos donde estos profesionales buscan ser recertificados, pero en la práctica solamente son para darle continuidad a los servicios voluntarios de playa, los cuales han demostrado su ineficacia por la falta de recursos que hay en las instituciones que los ofrecen.

Para poder que se brinde un servicio más adecuado la Ley establece en el artículo 24 que los municipios que administran balnearios deben contemplar la puesta en marcha de cuerpos de Guardavidas, lo que nos dice que la iniciativa debería ser fortalecida por aquellos que dentro de estas instituciones dicen creer en el salvamento acuático.

Lo más triste de todo esto es que los carnés que antes tenían una vigencia de tres años ahora han sido reducidos a un año, reforzando lo que hemos mencionado sobre perpetuar los servicios voluntarios.

Según testimonios recabados de personas que han participado de estas revalidas, las mismas no enseñan nada nuevo puesto que es llover sobre mojado en conocimientos, técnicas y habilidades que adquirieron la primera vez que se hicieron Guardavidas.

Lo malo de esto es que una vez que terminan el curso no se les entrega ningún documento que diga que son Guardavidas sino hasta que hayan cumplido el total de horas voluntarias; y en el peor de los casos, muchos no reciben ningún tipo de documento por no haber logrado estas horas.

En Colón hay 16 Guardavidas que en diciembre de 2004 completaron el curso del SINAPROC, hasta la fecha solo se les ha entregado el certificado; aunque sigan esperando su carné de acreditación; y este llegó casi dos años después de haber culminado su entrenamiento.

También hay que tomar en cuenta a los Guardavidas los cuales muchos no pueden participar de los servicios voluntarios porque laboran como tales, aunque hayan cumplido con la revalida, o es que estos si reciben su acreditación y los otros no?

Un concepto que prevalece a nivel mundial es que cuando uno se hace Guardavidas se es por siempre Guardavidas, toda vez que lo más importante que deben saber estos profesionales son las cinco premisas del salvamento acuático: 1) reconocer la situación de riesgo, 2) entrar al agua apropiadamente, 3) alcanzar a la víctima y estabilizarla, 4) sacarla de la condición de peligro y 5) brindarle los primeros auxilios de emergencia.

Entonces, si esto es todo lo que debe saber todo Guardavidas y se les enseñó adecuadamente en su primer adiestramiento, porque seguir insistiendo en las revalidas.

GUARDAVIDAS PANAMEÑOS FUERA DEL 911

Sin tomar en cuenta que no hace mucho hemos sido reconocidos a través de la Ley N° 19 de 5 de junio de 2007, a los Guardavidas no se nos ha tomado en cuanta dentro del Proyecto de Ley N° 332 que crea el Sistema Unico de Marcación de Emergencia 9 1 1, ni siquera cuando durante el primer debate hiciéramos llegar una propuesta de modificación y manifestamos esta inquietud.

Según lo propuesto por el Club Activo 20-30 la primera fase del SUME 9 1 1 incluye playas pero nunca se mencionó quienes iban a estar en ellas. Y si se estaba pensando en los servicios voluntarios que se dan durante la temporada seca, es preciso mencionar que los mismos solo cubren solamente los domingos entre año nuevo y semana santa, si y solo si hay suficientes recursos.

Cabe destacar que en las aguas recreativas de nuestro país, los Guardavidas somos la primera línea de atención de las emergencias que puedan ocurrir en estas y somos quienes determinaremos la necesidad o no de llamar al 9 1 1 para solicitar una ambulancia.

Otro aspecto importante contenido en la Ley es que quien designa al Director Ejecutivo del SUME 9 1 1 es el Presidente de la República de turno. Esto puede tornarse en un peligro para la misma organización a crearse puesto que dicho cargo se convertiría en un botín político.

Entonces de nada vale la preparación y los conocimientos en la materia; que en el mejor de los casos podría ser un bombero, paramédico o Guardavidas y quien sabe hasta uno que ha trabajado en el SUME 9 1 1; de quien aspire a ser director si lo único que necesita es ser amigo del Presidente, tal como pasa en otras instituciones estatales de seguridad, donde los directores aprenden del tema sobre la marcha.

De nada sirve que haya un patronato si el mismo no tiene la autonomía total para elegir a quien va encargarse del SUME 9 1 1.