domingo, noviembre 18, 2007

LICENCIAS DE GUARDAVIDAS NO SON VALIDAS

La expedición del certificado de idoneidad y la licencia para ejercer como Guardavidas son competencia y facultad de la Junta Técnica de Salvamento Acuático.

Lo que actualmente se emiten son certificados y carnés de acreditación; estos últimos se entregan a los Guardavidas cuando completan un total de horas del servicio voluntario de playas, durante la temporada seca.

Las acreditaciones conferidas a Guardavidas entre el 6 de junio de 2007 y la fecha estàn en tela de duda, toda vez que los cursos deben cumplir con un entrenamiento, de conformidad con los programas que avale la Junta Tècnica de Salvamento Acuático, segùn el Artículo 11 de la Ley Nº 19 de junio de 2007.

Los miembros de la Junta Técnica estan indicados en el artículo 15 de la Ley N° 19, y son: el Ministerio de Gobierno y Justicia, el Ministerio de Salud, Educación Física de la Universidad de Panamá, la Asociación de Guardavidas y la Cruz Roja Panameña.

Recientemente el Ministerio de Gobierno y Justicia; donde está adscrita la Junta Técnica; invitó a las instituciones miembro a notificarle quienes son sus representantes; principal y suplente; para instalarla próximamente.

De acuerdo a la norma legal, se entiende entonces que las instituciones que capacitan y revalidan personas como Guardavidas deberán esperar que la Junta Técnica se instale y establezca los parámetros mínimos de adiestramiento en salvamento acuático; de lo contrario estan actuando por encima de la Ley.

(ver
Día a Día del sábado 17 de noviembre de 2007)